PRINCIPALES ENTIDADES QUE CONFORMAN EL SISTEMA
FINANCIERO COLOMBIANO
Entre ellas tenemos
-Bolsas de Valores
En el país existen un número de entidades financieras que, cumplen objetivos y funciones bien definidas. Existen diferentes clases de entidades que intermedian una misma línea de crédito, teniendo una modalidad común de captación de recursos, ejemplo: con (CDT) por parte de los bancos y corporaciones financieras.
-Corporaciones Financieras
Estas aparecieron en Colombia en 1957, por un esfuerzo combinado entre la ANDI y la Asociación Bancaria, canalizando recursos internos y externos, con operaciones a largo plazo para promover, crear, transformar y organizar empresas.
El decreto 336 de 1957 autorizó la creación de sociedades denominadas corporaciones financieras. El decreto 605 de 1958 reglamentó su funcionamiento y fijó unos limitantes para el otorgamiento del crédito. Posteriormente el Decreto- Ley 2369 de 1960 reestructuró su radio de acción. En 1980, se expidieron los Decretos 2461 y 3277, redefinieron su objetivo y acomodaron a las corporaciones financieras como bancos de inversión. En 1987 se expidió el Decreto 2041, el cual amplió la capacidad de realizar operaciones.
Nuevamente en 1993 con el Decreto 663 actual Estatuto Orgánico del sistema financiero, amplío su radio, definiéndolas como establecimientos de crédito, con un objetivo de recursos y asignación de capital para promover la creación, reorganización, fusión, transformación y expansión de cualquier tipo de empresas, promoviendo la participación de terceros, ofreciéndoles servicios financieros especializados, para su desarrollo.
-Operaciones con empresas
Según el artículo 12 del estatuto orgánico del sistema financiero, las corporaciones financieras pueden realizar las siguientes operaciones:
1. Promover su creación, reorganización, fusión, transformación y expansión según la ley.
2. Suscribir y adquirir acciones o bonos obligatoriamente convertibles en acciones, bien sean de emisión primaria o de mercado secundario.
3. Colocar por comisión acciones, bonos y otras obligaciones de nueva emisión o de mercado secundario. También podrán tomar la totalidad o una parte de la emisión para colocarla por su cuenta y riesgo.
4. Efectuar las operaciones por la ley, abriendo cartas de crédito y conceder crédito en moneda extranjera, financiando operaciones de comercio exterior.
5. Servir de intermediario de recursos en moneda legal o extranjera, contratados o administrados por el Banco de la República o cualquier otra entidad crediticia oficial existente.
6. Descontar, aceptar y negociar títulos a favor de las empresas, con plazo mayor de un año. Las corporaciones financieras podrán realizar operaciones de factoring, cuyos títulos sean con un plazo inferior a un año.
7. Captar ahorro mediante certificados de depósito término, con un plazo inferior a un mes
8. Emitir bonos de garantía general en moneda nacional.
9. Obtener crédito del Banco de la República.
10. Prestar asesoría a las operaciones específicas de crédito o de capitalización por la corporación financiera con dichas empresas, tales como promoción de fuentes de financiación; reestructuración de pasivos; definición de capital; fusiones, adquisiciones y privatizaciones; estudios de factibilidad y prospectos para y bonos; asesoría para nuevos proyectos, consecución de nuevas tecnologías e inversiones y en general.
11. Otorgar préstamos a personas naturales colombianas o extrajeras domiciliadas en el país y a personas jurídicas financiando acciones, bonos obligatoriamente convertibles en acciones, mixtas o extranjeras.
12. Otorgar y recibir avales y garantías en moneda legal o extranjera de acuerdo con las disposiciones de la Junta Directiva del Banco de la República y del Gobierno Nacional.
13. Actuar como representante de los tenedores de bonos, salvo en los casos de las incompatibilidades.
-Bancos
Institución que realiza labores financieras, recibiendo dinero de unos depósitos, para darlo en préstamo a otros agentes económicos otorgando creditos. Los principales tipos de bancos son: comerciales, de fomento e hipotecarios.
En la historia el sistema financiero ha desarrollando una actividad para el funcionamiento de los sectores productivos y comerciales.
-Operaciones
Las principales operaciones autorizadas a los bancos son:
Descontar y negociar pagarés, giros, letras de cambio y otros títulos de deuda.
2. Recibir depósitos en cuenta corriente, a término y de ahorros.
3. Cobrar deudas y hacer pagos y traspasos.
4. Comprar y vender letras de cambio y monedas.
5. Otorgar crédito.
6. Expedir cartas de crédito.
7. Recibir bienes muebles en depósito para su custodia.
8. Tomar préstamos dentro y fuera del país
9. Celebrar contratos de apertura de crédito.
10. Otorgar avales y garantías.
-Compañías de Financiamiento Comercial
Las compañías de financiamiento comercial, son de modalidad financieras, captando ahorro a término y dedicarlo a financiaciones a corto y mediano plazo, facilitando la comercialización de bienes y servicios. Se constituyen en sociedades anónimas vigiladas por la Superintendencia Bancaria.
-Operaciones
Las principales operaciones autorizadas a las Compañías de Financiamiento Comercial son:
1. Captar ahorro a través de depósito a término.
2. Negociar títulos valores emitidos por terceros.
3. Otorgar préstamos.
4. Comprar y vender títulos representativos de obligaciones emitidos por entidades de derecho público de cualquier orden.
5. Colocar mediante comisión, obligaciones y acciones emitidas por terceros.
6. Otorgar financiación mediante la aceptación de letras de cambio.
7. Otorgar avales y garantías.
8. Efectuar operaciones de compra de cartera o factoring.
9. Efectuar operaciones de compra y venta de divisas.
10. Realizar operaciones de Leasing
-Compañías de Seguros
Estas asumen riesgos de terceros por pólizas de seguros. Estan sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria y se constituyen como sociedades anónimas.
Existen dos tipos de compañías: las generales y las de vida. Las de seguros de vida cubren, mediante pólizas riesgos de muerte, en forma individual o colectiva, accidentes personales, hospitalización y cirugía, etc. La de seguros generales, buscan mediante la expedición de pólizas cubrir riesgos de robo, hurto, daños, transporte de mercancías, protección contra incendios, terremotos, lucro cesante.
-Compañías de Financiamiento Comercial Especializadas en Leasing
A través de este, los diferentes sectores económicos, elevan los índices de productividad garantizando la liberación de los mercados. Se entiende por operación de arrendamiento financiero la entrega a título de arrendamiento de bienes adquiridos para el efecto, financiando su uso y goce a cambio del pago de cánones que se recibirán durante un plazo determinado,
1. Clases de Leasing
Las principales clases de Leasing son las siguientes:
1 . Leasing Financiero: se entrega a una persona natural o jurídica, un activo productivo que ha adquirido para el efecto con el fin de utilizarlo para su uso y goce, a cambio del pago periódico de una suma de dinero durante el plazo pactado.
2. Leasing Operativo: Es otorgado a una persona natural o jurídica, denominada la arrendadora, entrega otra, llamada arrendataria, la tenencia de un bien para su uso y goce, a cambio del pago de un canon o renta periódico.
3. Leasing de importación: Es un contrato sobre equipos que están fuera del país y deben de importarse. El pago del canon comienza cuando el bien importado esta en operación.
4. Leasing Inmobiliario: el objeto del contrato de Leasing es un inmueble, el cual debe de ser destinado a producir renta.
5. Cross Border Leasing: Es un contrato en el cual la compañía de Leasing y el locatario se encuentran en países.
6. Leasing Sindicado: el Leasing pertenece a dos o más compañías de Leasing, nacionales o extranjeras.
7. Leasing Internacional: Permite a las compañías, y a las empresas clientes, contar con equipos y maquinarias extranjeras indispensables en los procesos de modernización.
2. Obligaciones de las partes
* Compañía Leasing
i. Entregar el bien en condiciones óptimas de funcionamiento.
ii. Si se ejerce la opción de compra, transferir el dominio del bien.
iii. Entregar copia del contrato especificando claramente las cláusulas principales
iv. Hacer uso adecuado del bien y velar por su conservación en buen estado.
v. Si no ejerce la opción de compra, restituir el bien.
vi. Permitir inspecciones del bien.
vii. Pagar cumplidamente.
3. Ventajas del Leasing
1. No exige entrega de dinero inicial por parte del cliente, pues se va cancelando a medida que se utiliza el bien.
2. Si las partes actúan diligentemente, puede ser un mecanismo de fácil aplicación. Ágil y simple de tramitar.
3. Se puede financiar el 100% del bien objeto del contrato incluyendo repuestos y accesorios.
4. Reduce las exigencias de capital de trabajo.
5. Elimina, a un costo, el riesgo de obsolescencia de los bienes financiados.
6. Es muy flexible, pues se acomoda a muchas circunstancias particulares de los usuarios.
7. Los activos no corren con ajustes por inflación para el arrendador.
4. Casos en los que es recomendable el leasing
1. Cuando en razón del desarrollo tecnológico la probabilidad de obsolescencia es muy alta. Es el caso de las computadoras
2. Si la inversión requiere grandes erogaciones de capital. Una de las mayores limitaciones de los países en vía de desarrollo es la formación de capital, Es el caso de los aviones, buques, equipos de transporte, etc.
3. Algunos negocios requieren de un equipo en condiciones óptimas de mantenimiento como los camiones repartidores de gaseosas y cerveza. En estos casos, es preferible mantener carros nuevos en arriendo que propios viejos, para evitar los riesgos inherentes por fallas mecánicas.
4. Cuando se trata de equipos para una labor específica. Supongamos que a una firma de ingenieros le encargan la construcción de un estadio o un aeropuerto, donde la utilización del bien dura lo mismo que la ejecución de la obra.
5. En negocios de temporada. Tener equipos propios representaría un desperdicio muy grande y, por tanto, conviene alquilarlos por el tiempo requerido.
6. Para resolver problemas graves de capital de trabajo. Cuando una compañía no tiene otro recurso para resolver un problema de liquidez, vender sus equipos o parte de ellos y tomarlos en arriendo.
El cálculo financiero se hace trayendo a (VPN), los flujos de fondos de las alternativas que se presenten, incluyendo diferentes modalidades de depreciación se compara con la posibilidad de conseguir un préstamo bancario para comprar el bien de contado. Fiduciarias.
Las sociedades fiduciarias son, constituidas como sociedades anónimas, sujetas a inspección y vigilancia permanente de la Superintendencia Bancaria.
Los productos fiduciarios más conocidos en el mercado nacional son:
1. Dentro del fideicomiso de inversión: el fondo común ordinario y los fondos comunes esenciales.
En fideicomisos de administración: la fiducia en garantía, la fiducia de administración y pagos con las entidades públicas, y la fiducia de titularización sobre bienes muebles.
Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantía
La reforma laboral y de la seguridad social, consignada en la Ley 100 de 1993 y sus posteriores modificaciones, se liberalizó, haciendo participe al sector privado. De esta forma, se adoptó el sistema general de pensiones, integrado por dos regímenes.
Mediante la Resolución 275 de 2001, modificada por las Resoluciones 598 y 625 de 2001, los fondos de pensiones solo pueden destinarse a adquirir valores emitidos por personas jurídicas que hayan adoptado un código de buen gobierno y hayan adecuado sus estatutos a las Resoluciones mencionadas..Los recursos de los fondos de pensiones se podrán invertir en los activos que se presentan a continuación:
1. Títulos de deuda pública interna y externa emitidos o garantizados por la nación.
2. Otros títulos de deuda pública emitidos de conformidad con la Ley 80,1993 y el decreto 2681 de 1993, o las normas que lo modifiquen o adicionen.
3. Títulos emitidos por el Banco de la República.
4. Acciones con alta liquidez bursátil, acciones adquiridas en desarrollo de proceso de privatización o con ocasión de la capitalización de entidades donde el estado tenga participación.
5. Acciones con media liquidez bursátil y sus respectivos bonos convertibles obligatoriamente en acciones.
6. Acciones con baja y mínima liquidez bursátil y sus respectivos bonos convertibles obligatoriamente en acciones.
7. Títulos emitidos o aceptados por instituciones financieras.
8. Papeles comerciales y bonos.
9. Títulos derivados de procesos de titularización.
10. Títulos derivados de contenido crediticio.
11. Activos financieros emitidos o aceptados por entidades financieras.
12. Participaciones en fondos mutuos de inversión.
13. Compras de índices bursátiles.
14. Descuentos de cartera.
15. Descuentos a la vista en instituciones financieras.
16. Depósitos a la vista en establecimientos de crédito.
17. Operaciones de reparto de activos.
18. Inversiones en el exterior.
-Bolsas de Valores.
Su objeto básico consiste en poner en contacto oferentes y demandantes de títulos representativos de valores, mediante la intervención de personas autorizadas para ello, que hacen las veces de representantes de los oferentes y demandantes (Comisionistas de Bolsa) y convienen reuniones públicas (ruedas) el precio de los títulos, objeto de la transacción.
Las bolsas de valores cumplen con las siguientes funciones:
1. Inscribir, previo el cumplimiento de los requisitos legales, títulos o valores para ser negociados en bolsa.
2. Mantener el funcionamiento de un mercado bursátil debidamente organizado, que ofrezca a los inversionistas y negociantes de títulos o valores y al público en general, condiciones suficientes de seguridad, honorabilidad y co
rrección.© Sena Virtual Distrito Capital 2006 Lectura complementaria
3. Establecer la cotización efectiva de los títulos o valores inscritos mediante la publicación diaria de las operaciones efectuadas y de los precios de oferta y demanda que quedan vigentes al finalizar cada sesión pública de la bolsa.
4. Fomentar las transacciones de títulos y valores, y reglamentar las actuaciones de sus miembros.
5. Velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias por parte de sus miembros, evitando especulaciones perjudiciales para los valores inscritos o para la economía nacional.
6. Ofrecer al público, conforme a sus respectivos reglamentos, datos auténticos sobre las entidades cuyos títulos estén inscritos en la bolsa.
7. Establecer martillos para el remate público de títulos o valores negociables en bolsa. Mediante la Resolución 270 de 2001, la Superintendencia de Valores autorizó la constitución de la bolsa de Valores de Colombia S. A., en la cual quedaron unificadas las bolsas de Bogotá, Medellín y Occidente.
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